Informamos que desde este mes comienza la reinscripción automática al Registro MiPyME.
Dicha reinscripción comprende a aquellas MiPyMEs que cuenten con certificado vigente y no hayan presentado un nuevo formulario 1272 en la página de AFIP. Es por ello que, para poder acceder, deberán tener presentadas las declaraciones juradas de los tres últimos ejercicios de IVA, Cargas Sociales o Monotributo, según corresponda. Para aquellas empresas cuyo cierre sea en un mes distinto a los detallados, la información se enviará durante el cuarto mes posterior al cierre del ejercicio.
En caso de detectar inconsistencias, la MiPyME deberá rectificar las declaraciones juradas presentadas ante la AFIP, que son las siguientes:
Si al momento de generar el formulario 1272 la AFIP detecta incumplimientos en las presentaciones de alguna de estas declaraciones, enviará una notificación al domicilio fiscal electrónico de la empresa para solicitar que se subsane esta situación.
El primer día hábil posterior al período de revisión la AFIP trasmitirá la información a la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y de los Emprendedores de las MiPyMEs que tengan las declaraciones juradas mencionadas presentadas.
Después de esta etapa, las empresas que sean parte de un grupo económico, tengan vinculación con empresas extranjeras o sean IVA exento deberán terminar su gestión manualmente cargando la información requerida en la página del Ministerio de Desarrollo Productivo según sea el caso.
Recordamos que al registro pueden inscribirse monotributistas, profesionales, comerciantes, las sociedades y las empresas pequeñas y medianas que cumplan con los requisitos. El certificado permite acceder a créditos para pagos de sueldos, el Plan de Moratoria 2020, además de otros beneficios y programas de asistencia. Por último, es importante resaltar el supuesto que si la empresa regularizara su situación posteriormente al 20 de junio, deberá realizar la solicitud de renovación manual mediante el formulario 1272 disponible en el servicio “PyMEs / Solicitud de categorización y/o beneficios” el sitio web de la AFIP.