La CEM celebra y apoya Régimen de Promoción de Generación de Empleo en el Norte Grande

marzo 25, 2021
Con el fin de incentivar al sector privado, el Gobierno Nacional formalizó el nuevo régimen de promoción para el Norte Grande. La propuesta prevé incentivos fiscales en las contribuciones patronales […]

Con el fin de incentivar al sector privado, el Gobierno Nacional formalizó el nuevo régimen de promoción para el Norte Grande. La propuesta prevé incentivos fiscales en las contribuciones patronales que pagan empleadores radicados en Catamarca, Chaco, Corrientes, Formosa, Jujuy, La Rioja, Misiones, Salta, Santiago del Estero y Tucumán, a fin de corregir asimetrías regionales en favor de las zonas más postergadas del país.

Al respecto, la Confederación Económica de Misiones celebra y apoya esta nueva medida que creará nuevas fuentes de trabajo y fortalecerá a las pymes de la región.

El Gobierno formalizó a través del decreto 191/2021, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, el nuevo régimen de promoción de generación de empleo en el Norte Grande, que entrará en vigencia el 1 de abril próximo.

El mismo incluye la reducción de aportes patronales de hasta 80% durante un período de tres años por las nuevas relacionales laborales que se inicien durante los primeros 12 meses, es decir, hasta el 31 de marzo de 2022, con el objetivo de potenciar la creación de puestos de trabajo para la región.

También prevé la instrumentación de incentivos fiscales en las contribuciones patronales que pagan los empleadores radicados en las provincias del Norte Grande, integrado por Catamarca, Chaco, Corrientes, Formosa, Jujuy, La Rioja, Misiones, Salta, Santiago del Estero y Tucumán, a fin de corregir por este medio asimetrías regionales en favor de las zonas más postergadas del país.

La propuesta implica una rebaja gradual y temporaria de las contribuciones patronales por las nuevas relaciones laborales, durante un período de tres años, en sectores económicos determinados de esas provincias orientados a la producción de bienes.

Entre las condiciones para acceder a dicho beneficio se establece como requisito que los empleadores deberán producir incrementos en su nómina de personal.

En particular, incluye la reducción de 70% de las contribuciones patronales de nuevas contrataciones a trabajadores varones el primer año, 45% el segundo año y 20% de reducción el tercer año.

En el caso de las nuevas contrataciones a trabajadoras mujeres; travesti, transexual o transgénero, la reducción de las contribuciones patronales es de 80% el primer año, 55% el segundo año y 30% el tercer año.

El decreto aclaró que se encuentran comprendidas las personas travestis, transexuales y transgénero, hayan o no efectuado la rectificación registral del sexo y el cambio de nombre de pila e imagen.

También precisó que en los puestos de trabajadoras y trabajadores contratadas y contratados a tiempo parcial, los beneficios se reducirán a la mitad.

Asimismo remarcó que para que la empresa obtenga el beneficio, la trabajadora o el trabajador debe desempeñar sus tareas en alguna de las 10 provincias del Norte Grande.

Además indicó que la empleadora o el empleador no podrá hacer uso del beneficio con quienes hayan sido declaradas o declarados en el Régimen General de la Seguridad Social y luego de producido el distracto laboral, cualquiera fuese su causa, fueren reincorporadas o reincorporados por la misma empleadora o el mismo empleador dentro de los 12 meses, contados a partir de la fecha de la desvinculación.

Tampoco en el caso de que la nueva trabajadora o el nuevo trabajador se contrate dentro de los 12 meses contados a partir del despido sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor de otra trabajadora o de otro trabajador con la misma empleadora o el mismo empleador.

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