A raíz de la ambigüedad en el tratamiento de ciertas posiciones arancelarias, se pidió la exclusión de los bienes de capital de la Comunicación A 7532 del BCRA. Ante la […]

A raíz de la ambigüedad en el tratamiento de ciertas posiciones arancelarias, se pidió la exclusión de los bienes de capital de la Comunicación A 7532 del BCRA.

Ante la preocupación por las restricciones a las importaciones, que ha sido una constante a lo largo de todo el año, la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) ha realizado diversas gestiones a fin de facilitar el ingreso al país de artículos que son fundamentales para que las empresas argentinas puedan producir y comerciar. Tras las inquietudes recientemente manifestadas por socios en relación al tratamiento arancelario de los bienes de capital, la Entidad cursó una nota al presidente del Banco Central de la República Argentina, Miguel Ángel Pesce, y al ministro de Economía, Sergio Massa.

En el documento se explica que, por un lado, el Decreto del PEN 690/2002, publicado en el Boletín Oficial el 26 abril de 2002, identificó los bienes de capital (BK) en sus respectivas posiciones arancelarias dentro de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM), fijando para ellos regímenes arancelarios e impositivos más favorables; en tanto que la Comunicación A 7532 del BCRA del 27 de junio de 2022, incorpora en el Anexo I posiciones arancelarias de bienes suntuarios y de bienes de capital para los cuales establece un plazo especial para acceder al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC). Vale destacar que la misma Comunicación señala que se deben considerar bienes de capital a aquellos que correspondan a las posiciones arancelarias clasificadas como BK en la NCM Mercosur, según el Decreto mencionado.

“Esto confluye en una situación compleja para la operatoria, en la que una misma posición arancelaria es considerada como BK y, a la vez, como bien suntuoso. En consecuencia, la flexibilidad de pago que tiene un bien de capital se contrapone con la de los tratamientos de bienes suntuosos que prevé la efectivización del pago entre 180 a 360 días. La inclusión de BK en tales condiciones de pago, que en la amplia mayoría de los casos son herramientas de trabajo, implica un procedimiento que juzgamos inapropiado y atenta contra la expansión de la actividad económica y el empleo”, se explica en el documento. 

En función de los motivos expuestos, la CAC solicitó que se modifique la normativa excluyendo a los bienes de capital del Anexo I de la Comunicación mencionada. 

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